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Líneas de ahorro
Ahorro Ordinario

En los términos definidos en el estatuto, todos los afiliados se comprometen de manera obligatoria a ahorrar una cuota con periodicidad mensual, equivalente al tres punto cinco por ciento (3,5%) sobre sus salarios básicos devengados. De esta cuota el 90% se destinará a la cuenta individual de ahorro ordinario.
Aportes Sociales

Son recursos para el otorgamiento de créditos los aportes sociales de los asociados, cuyos montos y periodicidad se definen en el reglamento y en el estatuto. Corresponden al 10% de la cuota periódica obligatoria.
Ahorro Extraordinario

Para todos los efectos legales, se entenderán como ahorros extraordinarios aquellos que el afiliado realice en exceso de la cuota periódica obligatoria, así como los realizados por fuera de nómina en la caja de la entidad.
Ahorro Especial

- La fecha de apertura del depósito, corresponderá a la fecha en que la consignación se haga efectiva en las cuentas del Fondo.
- Solo está permitido para Asociados al Fondo.
- No puede redimirse total o parcialmente antes de su vencimiento inicial o el de cualquiera de sus prorrogas.
- Con dos días de antelación al vencimiento del plazo se debe solicitar cancelación o renovación; en caso contrario, el Fondo podrá prorrogarlos en forma automática, por un plazo igual al originalmente pactado y a la tasa de interés vigente en la fecha.
- Puede ser prorrogado a voluntad expresa del asociado titular, acorde con sus deseos y plazos establecidos.
- En caso de retiro del Fondo del asociado titular, el procedimiento de devolución será el mismo que el Fondo tiene definido para los ahorros ordinarios y aportes sociales.
- Según las cuantías definidas en la ley, para formalizar el depósito será necesario presentar la correspondiente declaración de origen de Fondos.